Resolución del consejero de Trabajo y Formación de 31 de mayo de 2010 por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas públicas para el fomento de la estabilidad en el empleo mediante la contratación indefinida y fija discontinua.
La Consellería de de Turismo y Treball, ha lanzado línea de ayudas para fomentar la contratación indefinida, fija discontinua y para la transformación de contratos temporales en indefinidos o fijos discontinuos, que ha sido publicada en el BOIB núm. 87 de 10 de junio de 2010.
1. BENEFICIARIOS
Empresas privadas, sea cual sea su forma jurídica, que contraten trabajadores de manera indefinida o fija discontinua o transformen los contratos temporales en indefinidos o fijos discontinuos, y autónomos que contraten por primera vez a un trabajador de forma indefinida o fija discontinua.
2. PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUD
31 de Octubre de 2010 (la contratación subvencionable va del 1/11/2009 al 31/10/2010).
3. PROGRAMAS DE AYUDA:
• Programa I: contratación indefinida, fija discontinua inicial o transformación de contrato temporal en indefinido o fijo discontinuo.
• Programa II: contratación indefinida o fija discontinua inicial de colectivos preferentes. Desocupados de duración mayor a 6 meses o procedentes de sectores como la construcción.
• Programa III: contratación indefinida, fija discontinua o transformación de contrato temporal en indefinido, en sectores estratégicos o con dificultades estructurales.
• Programa IV: transformación de contratos de aprendizaje o formación.
• Programa V: contratación indefinida a tiempo parcial cuando el trabajador esté cursando estudios reglados relacionados con la práctica laboral.
• Programa VI: contratación indefinida, fija discontinua o transformación de contrato temporal en indefinido en cooperativas o sociedades laborales.
4. REQUISITOS
-Haber mantenido la plantilla neta durante los tres meses anteriores, de tal manera que la contratación inicial suponga un aumento de al menos un trabajador.
-Tener el centro de trabajo en las Islas Baleares.
-Estar al corriente de pago con la S. Social y Hacienda.
-Haber realizado la obligaciones en prevención de riesgos laborales.
-Empresas con mas de 50 trab., obligación de reservar un 2% de los puestos de trabajos a personas con discapacidades.
-Las personas contratadas inicialmente deben estar previamente inscritas como demandantes de empleo en el INEM.
5. DOCUMENTACIÓN (original o fotocopia compulsada)
-Solicitud de la subvención.
-DNI/NIF
-TG 002
-Escrituras sociedad registradas.
-Documentación estar corriente pago Hacienda y S. S.
-Documentación que acredite que se cumple con la Prevención de Riesgos Laborales.
-TC1 y TC2 de los últimos tres meses.
-Declaración de otras ayudas (anexo I).
-Declaración de prohibiciones para la subv. (anexo II).
-Nóminas de la persona contratada.
-Contratos laborales de dichos trabajadores.
-Altas y bajas en la S. S. de dichos trabajadores.
-DNI de los trabajadores.
-Documento de demandante de empleo en el INEM.
Cantidad de la subvención:
Dependerá de las características de la empresa y del trabajador, con un mínimo de 2.000 € por contrato.
Normativa reguladora: Resolución de la Conselleria de Treball i Formació (BOIB 10-6-2010). Documentos para la solicitud disponibles en: http://www.caib.es/govern/archivo.do?id=592326
